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12
Ago
2021

El Gobierno aprueba el Real Decreto que regula el Fondo de Restauración Ecológica y Resiliencia

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Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

03/08/2021

Su puesta en marcha permitirá gestionar en 2021 cerca de 200 millones de euros del Plan de Recuperación adscritos a la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, cantidad que se incrementará sustancialmente en futuros ejercicios

Servirá para ejecutar inversiones en materia de agua, costas, cambio climático, prevención de la contaminación, protección de la biodiversidad, meteorología y climatología, entre otras

El Fondo contará con un sistema de control para garantizar el cumplimiento de la regulación aplicable al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia

El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), ha aprobado el real decreto por el que se regula el Fondo de Restauración Ecológica y Resiliencia (FRER) para facilitar la ejecución de los fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) competencia de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente (SEMA). Su puesta en marca permitirá gestionar en torno a 198 millones de euros en 2021, cantidad que se incrementará sustancialmente en 2022 y 2023.

Este Fondo, creado por el Real Decreto-ley 36, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, sustituye al Fondo para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad y servirá para ejecutar las inversiones relativas a diferentes componentes e inversiones del PRTR:

  • Conservación y restauración de los ecosistemas marinos y terrestres y su biodiversidad (componente 4).
  • Preservación del espacio litoral y los recursos hídricos (componente 5).
  • Plan de apoyo a la implementación de la normativa de residuos y al fomento de la economía circular (inversión 3 perteneciente al componente 12, Política Industrial España 2030).

El FRER contará con un plan de actuación que contendrá las líneas estratégicas en torno a las que desempeñará su actividad.

A través de subvenciones, contratos, convenios, encargos a medios propios personificados y encomiendas de gestión, el FRER instrumentará las medidas de apoyo en materia de agua y dominio público hidráulico; costas, protección y conservación del mar y del dominio público marítimo-terrestre; cambio climático, su mitigación y adaptación y el fortalecimiento de la resiliencia climática; prevención de la contaminación, fomento del uso de tecnologías limpias y hábitos de consumo menos contaminantes y más sostenibles, de acuerdo con la política de economía circular; protección del patrimonio natural, de la biodiversidad y de los bosques; meteorología y climatología; así como cualquier otra medida que tenga atribuida el MITECO a través de la SEMA y de sus organismos públicos.

MECANISMOS DE CONTROL

La gestión y dirección del FRER se llevará a cabo mediante un Consejo Rector adscrito al MITECO a través de la SEMA. El Consejo establecerá un sistema de control que garantizará la adecuación a la regulación aplicable al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia para asegurar el cumplimiento los requerimientos nacionales y europeos. Se creará la Oficina Técnica del Fondo, adscrita a la SEMA, para prestar apoyo y asistencia técnica al Consejo Rector.

A este Fondo, sin personalidad jurídica, le serán de aplicación los sistemas de seguimiento y control establecidos por el Ministerio de Hacienda y Función Pública para este tipo de instrumentos y aquellos para la financiación procedente del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

 

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