Ecología, gestión y protección de la fauna silvestre

23
Jun
2020

El MITECO introduce un nuevo control en frontera para luchar contra la entrada de especies exóticas invasoras de animales y plantas

 • El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico identifica en un listado a casi 1.700 taxones de animales y plantas potencialmente invasoras que no pueden entrar en España desde fuera de la Unión Europea sin su autorización expresa

• Será el MITECO quien expida una autorización favorable o desfavorable tras el análisis de riesgos que deberá presentar la persona u operador importador de estas especies

• Debido a la ausencia de un control medioambiental previo, anualmente se autoriza la importación de miles de ejemplares de especies exóticas potencialmente invasoras para acuarofilia, mascotismo y jardinería

• España es el primer país de la Unión Europea en apostar por esta visión preventiva en la aplicación de la normativa comunitaria en esta materia

 

El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, ha aprobado un real decreto por el que se regula el procedimiento administrativo para la autorización previa de importación de especies alóctonas con el fin de preservar la biodiversidad autóctona española. A partir de la entrada en vigor de este real decreto, que desarrolla lo relativo a esta autorización ambiental, que fue creada en la Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, será obligatorio un control medioambiental previo a la primera importación desde fuera de la Unión Europea de determinadas especies exóticas para garantizar que no se trata de organismos potencialmente invasores y que no son peligrosos para la salud y seguridad pública.

 

Las especies que serán objeto de este procedimiento forman parte de un listado de 1.698 taxones alóctonos que incluye además de especies, algunos géneros, familias o incluso órdenes completos, potencialmente susceptibles de competir con las especies silvestres autóctonas, alterar su pureza genética o los equilibrios ecológicos, con base en la información técnica y científica existente. Este listado estará disponible en la web del MITECO tras la publicación de este real decreto en el Boletín Oficial del Estado.

 

La comprobación de si la especie a importar puede ser potencialmente invasora se realizará mediante la presentación de un análisis de riesgos elaborado por la persona u operador importador y en base a un contenido mínimo que se establece en el real decreto aprobado, el cuál será evaluado posteriormente por el MITECO, que emitirá una autorización favorable si no hay riesgo o desfavorable si existe riesgo de que la especie en cuestión se pueda convertir en especie exótica invasora. En el caso de que ese análisis sea desfavorable, la especie en cuestión se eliminará del listado y se iniciará el trámite para su inclusión en el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras.

 

Este listado se irá actualizando en función de los nuevos conocimientos, siempre que el taxón en cuestión cumpla uno de los siguientes criterios: carácter invasor demostrado en otro lugar; que sea vector de organismos nocivos para la biodiversidad, y/o que sea peligroso para la salud humana.

AUTORIZACIÓN AMBIENTAL

Todo ello supone la aplicación de un control en frontera específico, de forma que únicamente podrán importarse aquellas especies que dispongan de autorización ambiental otorgada previamente por el MITECO, sin perjuicio de otros requerimientos legales, como los relativos a la normativa de CITES (Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres) o de Sanidad animal o vegetal.

Debido a la ausencia de un control medioambiental previo, anualmente se autoriza sin ese control la importación de miles de ejemplares de especies exóticas potencialmente invasoras para acuarofilia, mascotismo y jardinería. El problema es que muchas de estas especies se identifican como exóticas invasoras cuando están ya introducidas y asentadas en el medio natural en el territorio español. Después de acreditado su carácter invasor se requiere una propuesta para dar inicio a un proceso largo de tramitación administrativa que finaliza con su inclusión en el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras, generalmente después de muchos meses e incluso años tras su detección, con lo cual se pierde un tiempo precioso para erradicar o controlar la especie que para entonces puede estar ya ampliamente distribuida en el territorio.

Por ejemplo, en 2018 en España se importaron 287.059 ejemplares vivos de especies incluidas en el Convenio CITES de países fuera de la UE. De ellas, un buen número son exóticas potencialmente invasoras si se liberan accidentalmente al medio natural. La mayoría de estas importaciones fueron de plantas (235.544), siendo un buen ejemplo de ello las plantas acuáticas potencialmente invasoras que pueden causar efectos ambientales muy negativos en caso de llegar al medio natural.

Entre los animales vivos importados incluidos en CITES (51.515 ejemplares), el mayor número fueron reptiles (33.545 ejemplares), entre los que destacan las iguanas y la falsa tortuga mapa (1.700 y 6.000 importaciones, respectivamente), aunque también hay ejemplares de especies peligrosas, como cocodrilos, caimanes, víboras y otras serpientes altamente venenosas. También se registraron las importaciones de 2.867 ejemplares de anfibios que, como se ha demostrado en controles realizados en ferias y establecimientos de venta de estos animales, pueden transportar hongos patógenos que resultan letales para los anfibios autóctonos. Asimismo se contabilizó la importación de 582 tarántulas de pelo rizado.

 

UN PROBLEMA AMBIENTAL DE PRIMER ORDEN

Las especies exóticas invasoras suponen un problema ambiental de primer orden. Por ello, requieren de grandes, continuas y crecientes inversiones para su gestión y control, siendo extremadamente compleja su erradicación una vez asentadas en el territorio. Por ejemplo hasta 2019 la lucha contra el camalote, una especie de planta acuática, ha supuesto la inversión de 48 millones de euros a las administraciones y el problema continúa en la actualidad.

La aprobación de esta norma y su implementación permitirá, en definitiva, disponer de un mecanismo muy eficaz para prevenir la entrada de especies exóticas peligrosas y, consecuentemente, un importante ahorro económico y un importante elemento preventivo al servicio de la salud y seguridad públicas.

 

ESPAÑA, PIONERA EN LA UE EN APLICAR ESTA VISIÓN PREVENTIVA

España es el primer país de la Unión Europea en apostar por esta visión preventiva en la aplicación de la normativa comunitaria en esta materia. En el Plan de Acción de la Estrategia de la UE sobre la Biodiversidad de aquí a 2030, publicado por la Comisión Europea el pasado 20 de mayo, la lucha contra las especies exóticas invasoras figura entre sus principales objetivos, indicando específicamente que debe reducirse al mínimo y, cuando sea posible, detener totalmente la introducción de especies exóticas en el medio ambiente de la UE.

Existe amplio consenso entre científicos y gestores de que el mejor tratamiento para este grave problema es la prevención. De este modo, establecer un control sobre la importación de las especies exóticas, que potencialmente pueden convertirse en invasoras o que conllevan riesgos para la salud humana, supone la mejor medida preventiva ante el riesgo de su posible introducción en el medio natural y posterior expansión

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